La Secretaría de Energía autorizó un aumento en el valor de las garrafas

Luego de que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC) diera a conocer que la inflación de agosto superó todas las expectativas y llegó al 12,4%, la Secretaría de Energía, a cargo de Flavia Royón, autorizó un nuevo incremento en los precios de las garrafas.

Según informaron desde la Secretaría de Energía, las garrafas de 10, 12 y 15 kilogramos para fraccionadores, distribuidores y consumidores finales sufrirán en septiembre un aumento del 12,5% sobre su precio anterior, es decir, un 0,1% más que la inflación del pasado mes.

En esta línea, desde la administración de Royón advirtieron que la variación de los precios de las garrafas estará asociada a la producción de Gas Licuado de Petróleo (GLP) y recordaron que se mantendrá la protección para los usuarios vulnerables a través del Programa Hogar.

De esta manera, la medida dispuesta por la Secretaría de Energía se estableció mediante la Resolución 726/2023 publicada este jueves en el Boletín Oficial, que actualiza los valores de las garrafas fijados en mayo y que sostuvo los precios durante julio, julio y agosto respectivamente.

Así, los nuevos valores de las garrafas fijados por la Secretaría de Energía son retroactivos a la fecha del 25 de agosto, y fijan un tope de $50.938 por tonelada de gas, lo que significa que el garrafón de 12 kilos valdrá $1.143, $2.006 y $2.107, y el de 15 kilogramos costará $1.429, $2.508 y $2.633.

Asimismo, en los considerandos de la norma dictada por la Secretaría de Energía se indicó que los “precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley N° 26.020, entre los que se destaca asegurar el suministro económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes”.

En ese sentido, la resolución tiene en cuenta la variación experimentada en los valores asociados a la producción de GLP, así como en los costos observados en los segmentos de fraccionamiento, distribución y comercio minorista. “Resulta necesario actualizar los precios máximos de referencia asociados a la producción y comercialización de gas en garrafas“, remarca el escrito.

Por último, la resolución que establece las actualizaciones en los precios de las garrafas remarca que el “precio al consumidor final debe resultar de los reales costos económicos de la actividad en las distintas etapas, de manera que la prestación del servicio se realice con las debidas condiciones de calidad y seguridad, siempre manteniendo la protección de los usuarios vulnerables a través del Programa Hogar“.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *