Qué dice la normativa que restringe la presencia de caballos en eventos

En el marco de la expansión de los casos de Encefalomielitis equina que, en la Provincia ya llegaron a afectar a por lo menos 14 municipios, algunos festejos y celebraciones deberán realizarse sin caballos si es que los animales no se ajustan a la disposición emitida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

La normativa establece que “los organizadores de eventos de concentración de equinos deberán exigir antes del ingreso, que el animal cuente con una vacunación vigente para Encefalomielitis Equina del Este y del Oeste aplicada al menos 15 días antes del movimiento”.

Cabe destacar que desde el pasado 26 de noviembre la entidad sanitaria fijó medidas de excepción y extraordinarias con el objetivo de contener el brote del virus por lo que “prohibió los movimientos de egreso de equinos desde las provincias donde se haya diagnosticado la enfermedad al resto del país”.

En consecuencia, a través de la Disposición 364/2023, el SENASA dispuso que la exigibilidad de la vacunación de los equinos será obligatoria a partir del 1° de febrero del 2024 sin establecer un plazo de vigencia, por lo que la normativa será de aplicación hasta tanto no se emita una disposición en contrario.

En este marco, la localidad de Carmen de Areco fue la primera que se vio afectada por la disposición emitida el pasado 30 de noviembre, y el municipio se vio en la obligación de suspender las habituales destrezas criollas que forman parte de la tradicional Fiesta del Pastel, realizada el pasado 2 y 3 de diciembre.

En tanto que este jueves, la Secretaría de Bioeconomía anunció la aprobación de 80.000 dosis de la vacuna contra el virus y se espera que el productor avance en la distribución antes del fin de semana.

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