Elecciones 2023: ¿Puedo votar en las elecciones generales si no participé en las PASO?

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se realizaron el 13 de agosto. Se trató de una instancia previa a los comicios generales que se desarrollarán el cuarto domingo de octubre -es decir, el 22 de octubre– de acuerdo con lo establecido en el Código Electoral Nacional. 

En esta nota, respondemos a las siguientes dudas: si es posible votar en las elecciones generales sin haber participado en las PASO y cómo se puede justificar la no participación en el proceso electoral. 

¿Puedo votar en las elecciones generales si no participé en las PASO? 

Todas aquellas personas que figuren en el Registro Nacional de Electores tienen el mismo derecho y deber cívico de votar tanto en las PASO como en las elecciones generales. En el caso de que una persona no asista a emitir su sufragio en las PASO de agosto puede -y está obligado- a participar de los comicios generales de octubre, indicó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. 

La obligación de votar recae sobre todos los argentinos nativos o por opción (es decir, aquellos hijos  de padres argentinos que eligen esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años, y sobre las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país) desde los 18 años. 

Es importante aclarar que los jóvenes que tengan 16 años o más a la fecha de la elección (22 de octubre) tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias y en las generales. Esto significa que quienes tengan 15 años pero cumplan los 16 hasta el día de las elecciones generales, inclusive, deberán concurrir a votar. Sin embargo, en caso de no sufragar, el Código Electoral Nacional no establece sanciones ni multas en los menores de 18 años.

Miguel De Luca, investigador en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y especialista en instituciones políticas, procesos de gobierno, régimen electoral y partidos políticos, consideró que “las elecciones PASO son importantes porque permiten a los ciudadanos hacer una primera elección de sus representantes y porque el resultado aporta a la sociedad información valiosa para la toma de decisión en las elecciones generales”.

¿Cómo justificar la no concurrencia a votar?

Como contamos en esta nota, la justificación del no voto debe realizarse en el Registro de Infractores al deber de votar, donde se deben ingresar los datos personales. También se puede hacer la presentación ante la Cámara Nacional Electoral o la secretaría electoral correspondiente al domicilio de la persona. 

En caso de que no se pueda justificar la ausencia, se debe pagar una multa electoral de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada N° 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.

Esta nota es parte de Reverso, el proyecto periodístico colaborativo coordinado por Chequeado.com y AFP que une a medios y empresas de tecnología para intensificar la lucha contra la desinformación durante la campaña electoral.

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