Cinco claves para entender el voto en blanco y a quién favorece

Como en cada elección, el voto en blanco, vinculado muchas veces al “voto bronca”, aparece en escena y analistas y candidatos piensan en el impacto que puede tener en las urnas. Luego de lo que pasó en las primarias de agosto, donde 1.356.480 personas optaron por el sufragio en blanco (5,51%), la cuarta opción elegida detrás de La Libertad Avanza, Juntos por el Cambio y Unión por la Patria, todos hacen los números para saber cómo puede influir en domingo.

Desde 1983 hasta la actualidad, el voto en blanco en elecciones presidenciales representó en promedio un 2,8% del total de votos emitidos. Aunque el récord se registró en las elecciones de 2007, con un 6,43% del total, en las últimas presidenciales cayó a 1,57%. No obstante, hay una diferencia importante en conteo de votos entre las PASO y las generales. Y es que el voto en blanco se considerará de distinta manera en los comicios del próximo domingo.

¿Qué es el voto en blanco?

El voto en blanco es un voto “válido”. La Cámara Nacional Electoral (CNE), “representa una manifestación de la voluntad del electorado de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio; expresando así su disconformidad con todos los candidatos y con las propuestas formuladas por los partidos políticos”. Consiste en colocar, en la urna, un sobre vacío o con cualquier papel, sea del color que sea, pero liso.

¿Cómo se contabiliza?

A diferencia de las PASO, en los comicios generales, el voto en blanco tiene un conteo distinto. La Constitución nacional, desde 1994, establece que los votos se deben contar sobre los que son afirmativos, es decir, los que eligen a una boleta de candidatos. Por eso, en las elecciones generales el universo se achica: para calcular los porcentajes solo se cuentan los afirmativos y se excluyen los votos en blanco.

¿A quién favorece?

Los artículos 97 y 98 de la Constitución Nacional establecen qué es lo que necesita una fórmula presidencial para resultar ganadora. El primero señala que “cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta, hubiere obtenido más del 45% por ciento de los votos afirmativos válidamente emitidos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación”. El artículo 98, en tanto, señala que “cuando la fórmula que resultase más votada en la primera vuelta hubiere obtenido el 40% por lo menos de los votos afirmativos válidamente emitidos y, además, existiere una diferencia mayor de 10 puntos porcentuales respecto del total de los votos afirmativos válidamente emitidos sobre la fórmula que le sigue en número de votos, sus integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente de la Nación”.

Teniendo en cuenta esto, al excluir del conteo los votos en blanco en las generales, resulta más accesible para una agrupación llegar al 40% o 45% necesario para imponerse en primera vuelta, que si se contaran todos los válidos. Así, con la misma cantidad de votos, el porcentaje que obtiene una agrupación es mayor que en las PASO.

¿Cuál es la diferencia entre el voto en blanco y el nulo?

El voto en blanco consiste en colocar, en la urna, un sobre vacío o con cualquier papel, sea del color que sea, pero liso. La diferencia con el voto nulo, es que este último consiste en colocar, en el sobre, cualquier elemento u objeto diferente a una boleta oficializada, o fotocopias de boletas, o boletas de diferentes agrupaciones políticas para un mismo cargo, o boletas escritas con leyendas –salvo que el elector tache candidatos y agregue otros nombres a mano, en cuyo caso el voto es válido-, o boletas con dibujos o imágenes superpuestas, o boletas tan deterioradas que impidan identificar a la agrupación política a la que pertenece.

¿Qué ocurriría en un posible balotaje?

Si durante la celebración de las elecciones generales ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución, se realiza una segunda vuelta para definir al presidente. En el balotaje se utiliza el mismo criterio que en las elecciones generales. Si bien lo único relevante es cuál de las dos fórmulas obtuvo más votos, el Código Electoral Nacional establece que resultará “electa la que obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”. Los votos nulos, por otra parte, se cuentan, pero no entran en el cálculo en ninguna instancia.

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