Informe del Tribunal de Penas de la Liga Veinticinqueña de Fútbol

Los descargos de los imputados deberán realizarse oportunamente hasta las 19:00 hs. del martes siguiente a la lectura del informe arbitral y no podrán anticiparse. Además, deberán efectuarse por escrito y en membrete de la Institución, aún en caso en que el imputado sea un jugador. En tal caso deberá ser firmado también por el mismo.
Sancionados/as.
División | DNI | Jugador/a | Club | Sanción | |
RESERVA | 39.875.681 | CEPEDA, SANTIAGO | ALUMNI | 1 PARTIDO – ART 186 | |
QUINTA | 46.351.900 | ELORGA, RAMIRO | ARGENTINOS | Suspensión provisional y se lo cita y emplaza para que tome conocimiento de las presentes actuaciones y realice su descargo por escrito antes de las 19 hs del día martes 20/12/2022 -ARTS 207, 185 Y 184 | |
QUINTA | 47.017.642 | CESAR ISAIAS | ARGENTINOS | 1 PARTIDO – ART 207 | |
QUINTA | 47.141.692 | ROJAS, NICOLAS | ARGENTINOS | 1 PARTIDO – ART 186 |
Traslado para Descargo/Suspensión Provisoria
División | DNI | Jugador/a | Club | Artículos |
Amonestados/as.
División | DNI | Jugador/a | Club | Sanción |
SE RECUERDA QUE LOS DIRECTORES TÉCNICOS, AYUDANTES, AUXILIARES Y DEMÁS COLABORADORES DEL CUERPO TÉCNICO CON SANCIONES INFERIORES A CINCO (5) FECHAS DE SUSPENSIÓN, PODRÁN SANEAR LA SANCIÓN IMPUESTA, ABONANDO EL EQUIVALENTE A 21 VALOR ENTRADAS (SEGÚN LA CATEGORÍA) POR CADA PARTIDO DE SUSPENSIÓN.
Se Recuerda a los clubes que se aplicará el artículo 110 por la demora en el comienzo de los partidos en todas las Divisiones.
Se aplicarán los artículos correspondientes a los Clubes que incluyan en el terreno de juego y zona de vestuarios personas que no figuran en las planillas correspondientes a los encuentros en todas las Divisiones.
SE RECUERDA A LOS SEÑORES ARBITROS: que deberán dar estricto cumplimiento a lo establecido en el art. 270 del RTP, bajo apercibimiento de ser sancionados.
Los reclamos y/o consultas al Tribunal deberán hacerse por escrito y con las formalidades habituales y serán resueltas cuando el Tribunal sesione.