Egüen: «inmoralidad y delito. Las dos caras de la misma moneda»

La necesidad de una Ordenanza de Ética Pública, urge en 25 de Mayo.

Hoy, existen varios distritos que poseen ley, ordenanza o decreto que regulan el ejercicio en la función pública. Es por demás necesaria su existencia, toda vez que allí se disponen los conceptos referidos a los conflictos de intereses, incompatibilidades, inhabilidades, y todo aquello dirigido a definir cómo debe ejercerse algo tan honorífico como es utilizar la política como herramienta de transformación.

Sin embargo, lo que para mí es honorífico, para otros parece no serlo. Hemos presenciado estas últimas semanas la discusión en el Concejo Deliberante de 25 de Mayo, sobre la rendición de cuentas del Municipio y del Hospital Saturnino E. Unzué. Los concejales opositores han denunciado públicamente que rechazaban la referida rendición de cuentas por “la presencia de funcionarios que a la vez son proveedores del Estado, cobrando de ambos lados del mostrador”. Si bien es cierto que no dieron mayores precisiones, que hubieran sido importantes de conocer para los ciudadanos del distrito que vivimos aquí y pagamos nuestros tributos religiosamente, lo que vale mencionar es que advirtieron la existencia de incompatibilidades.

Sucede que las mismas, más allá que el sentido común puede definirlas, no están reguladas a través de instrumento alguno, lo que trae la confusión que he escuchado varias veces estos días: “las autocontrataciones por parte de funcionarios públicos, son inmorales”. Debo decir que si bien es cierto que es inmoral hacer ello, debe agregarse que también es ilegal.

Más allá de las observaciones que puedan darse, junto con sanciones pecuniarias por parte del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia, el Código Penal de la Nación en su artículo 265 se ocupa de explicar qué pena cabe a las “Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas” y allí reza: “Será reprimido con reclusión o prisión de uno (1) a seis (6) años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo. Se aplicará también multa de dos (2) a cinco (5) veces del valor del beneficio indebido pretendido u obtenido…”
Entonces, reitero: desde ya que es inmoral llevar a cabo actos como los que describí arriba y que han desarrollado funcionarios del Municipio de 25 de Mayo, pero si decimos que únicamente es inmoral, nos quedamos cortos, es también antijurídico.

El sentido sancionatorio de algunas normativas, tienen como fundamento tutelar algunos bienes jurídicos protegidos, como en este caso la Hacienda y la Administración Pública, y sobre lo cuales al realizarse un hallazgo como el que ha presenciado la oposición legislativa loca, con acceso “restringido” a esa información por sus funciones de concejales, deben ocurrir a la Justicia, en búsqueda de la investigación de estos actos antijurídicos, tipificados por nuestro Código Penal y normativa específica.

Ante ello, y más allá que estén reguladas en la órbita penal y demás normas provinciales, es necesario crear la herramienta específica de definición de todas las características relativas al ejercicio en la función pública, por lo que urge crear una norma local en este sentido.

Es por eso que el Concejo Deliberante de 25 de Mayo, debe avanzar hacia un proyecto de regulación del ejercicio en la función pública municipal, sobretodo para asegurar el manejo Etico de las arcas fiscales, debiendo existir amplio consenso de todos los bloques políticos, a la hora de ser tratado.

No podemos ni debemos quedarnos de brazos cruzados ante las atrocidades que se pueden llegar a hacer con el dinero público, que es de todos. Cada peso que se gasta para llevar a cabo funciones de gobierno, es dinero de cada uno de nosotros y su utilización debe implicar una rendición de cuentas constante por parte de quienes intervienen en la vida pública de nuestro Municipio.

*Por Ramiro Egüen, referente del GEN en 25 de Mayo

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