Cédula verde para terceros: vuelve a tener validez de un año

Desde el 5 de abril próximo, las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motos, conocidas como «Cédulas Verdes», tendrán una vigencia de un año corrido a partir de su expedición y no de tres como se dispuso en 2019.

La medida no regirá cuando esa Cédula «se encuentre en poder del titular registral del automotor o cuando se trate de automotores destinados y debidamente habilitados por la autoridad competente al uso taxi o remís, al servicio de alquiler sin conductor, al transporte de carga o de pasajeros o registrados a nombre del Estado nacional, provincial o municipal, en cuyo caso no tendrán plazo de vencimiento», según estableció la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) en la disposición 30/2021.

La decisión no involucra a las Cédulas Azules -de autorizados a conducir- que no tienen vencimiento. A través de esta medida, se deroga una Disposición de mayo de 2019 (dictada por el Gobierno anterior) que estipulaba en 3 años la vigencia de estas Cédulas, obligatorias para manejar un vehículo.

Ahora, el organismo -que depende del Ministerio de Justicia- aclaró que salvo en los casos en que expresamente se determine un plazo menor (como automotores importados temporalmente), las Cédulas de Identificación vencerán a un año corrido desde su expedición.

Una vez vencido el plazo de validez, o dentro de los 90 días corridos anteriores al vencimiento, el titular registral podrá solicitar la expedición de una nueva Cédula. La petición se formulará mediante el uso de Solicitud Tipo 02 (formulario manual) o TP (formulario digital) y se entregará, en el acto de retirarse la nueva Cédula, la anterior en uso para su retención por parte del Registro.

En tanto, los duplicados se extenderán con una vigencia de un año, excepto cuando normas vigentes fijen un plazo menor.

La DNRPA consideró que el plazo de vigencia de 3 años para este instrumento (vigente desde el 2 de mayo de 2019) «deviene excesivo a la luz de la seguridad jurídica y del ordenamiento del tránsito vehicular». «Resulta pertinente restablecer el plazo de vigencia de un año para las Cédulas de Identificación del Automotor, tal como rigió por más de diez años hasta la modificación. Todo ello, para robustecer la seguridad jurídica del Sistema Registral de Automotores, otorgando claridad y transparencia tanto a la información obrante en los legajos de los dominios, como a la documentación que se les entrega» a los usuarios, se añadió.

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